Servicios profesionales independientes en materia fiscal
Qué son los servicios personales independientes para efectos fiscales en México.
En México, los servicios personales independientes son aquellos que una persona física ofrece de manera autónoma, sin estar subordinada a un empleador, usualmente bajo su propio nombre. Estos servicios son realizados por profesionales y técnicos que actúan por cuenta propia, asumiendo el riesgo y cobrando honorarios por sus servicios.
Los servicios personales independientes están sujetos a retención de Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando son prestados por una persona física a una persona moral. Esto está establecido en el Artículo 1-A, fracción II, inciso a), de la Ley del IVA.
La legislación y normativa fiscal hacen referencia al concepto de "servicios personales independientes", pero ¿qué se entiende exactamente por este término?
Conforme al artículo 14 de la Ley del IVA, los servicios independientes comprenden "la prestación de obligaciones de hacer realizadas por una persona a favor de otra, sin importar el acto que lo origine o la denominación que le den otras leyes".
Además, se especifican tipos específicos como transporte, seguros, mandatos, comisiones, mediaciones y otros contratos mercantiles atípicos, así como asistencia técnica y transferencia de tecnología.
En resumen, son servicios profesionales independientes cualquier obligación de hacer, no hacer o permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, que no esté clasificada como enajenación o uso temporal de bienes según la Ley del IVA.

